se definirían los itinerarios formativos para cada uno de ellos. También establecía la misma ITC que esta formación tiene, la consideración de habilitante para el desarrollo del puesto de trabajo, por lo que es obligatoria su realización.
En el ejercicio 2008 se publicó en el BOE las 2 Especificaciones Técnicas siguientes (posiblemente algunos de sus trabajadores ya han realizado estas formaciones):
1.n º 2000-1-08 "Formación preventiva para el desempeño del Puesto de operador de maquinaria de transporte, camión y volquete, en Actividades extractivas de exterior "(publicado junio 2008).
2.N º 2001-1-08 "Formación preventiva para el desempeño del Puesto de operador de maquinaria de arranque / carga / viales, pala cargador y excavadora hidráulica de cadenas, en Actividades extractivas de exterior "(publicado en julio 2008).
La normativa daba un plan de adaptación de 2 años a las empresas desde el día de su publicación en el BOE. Por lo tanto, actualmente, es exigible que los trabajadores que ocupen estos dos puestos de trabajo tengan esta formación preventiva.
Por otra parte, el pasado mes de diciembre se publicaron nuevas especificaciones técnicas referentes a los itinerarios formativos en Seguridad Minera de los siguientes puestos de trabajo de los diferentes subsectores mineros:
-En investigación: técnicos titulados, operadores de geofísica, operadores de geoquímica -En actividades de exterior: técnicos titulados, encargados y / o vigilantes, perforación /
corte / voladura, operadores de sondeo de agua y / o investigación, operadores de mantenimiento
mecánico y / o eléctrico.
-En establecimientos de beneficio: técnicos titulados, encargados y / o vigilantes, operadores
de trituración / clasificación, operadores de mucha, operadores de estriado, operadores de separación y concentración, operadores de hornos, operadores de mezclas, operadores de plantas de materiales para la construcción, operadores de plantas de rocas ornamentales, operadores de laboratorio, operadores de mantenimiento mecánico y / o eléctrico.
-En lugares comunes: Dirección, técnicos titulados que no participan en el proceso productivo, administración y personal de servicios diferentes a los de mantenimiento.
Estableciéndose una duración de 20 horas con un contenido concreto, un reciclaje de 5 horas cada 2 o 4 años en función del puesto de trabajo y un plan de adaptación de 2 años desde la publicación en el BOE de la Especificación Técnica, por tanto, se deben realizar antes del mes de diciembre de 2012 (desde PLG están diseñando estas formaciones). Con la elaboración de los Documentos de Seguridad y Salud para la industria extractiva de las explotaciones, quedarán clasificados los trabajadores adscritos en los diferentes
puestos de trabajo, así como la formación que deben recibir según la ITC anteriormente mencionada y se realizará la 18 su planificación.
